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Ley Vigente

Artículo veintiocho. Racionalización de las plantillas de personal laboral.

Artículo veintiocho de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública. · BOE-A-1984-17387

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-08-23.

Texto consolidado

El Gobierno procederá también a racionalizar las plantillas de personal laboral, a través de los instrumentos establecidos en el artículo anterior, o de los que resulten precisos, de acuerdo con su naturaleza jurídica, y, coherentemente, con el proceso de racionalización de los Cuerpos y Escalas de funcionarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-08-23.

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