Artículo único. Aprobación del Reglamento.
Artículo único del Real Decreto 947/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social. · BOE-A-2001-17026
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-10-07.
Texto consolidado
Se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social que se inserta a continuación del presente Real Decreto.