Artículo único.
Artículo único del Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea. · BOE-A-1991-15530
Atención: Real Decreto 905/1991 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En los términos previstos en el artículo 82 de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990, se constituye el Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea se aprueba el Estatuto de dicho Ente, que figura como anexo de este Real Decreto, formando parte integrante del mismo.