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Real Decreto Vigente

Artículo único. Valor unitario específico por central a aplicar por ENRESA para la financiación de los costes correspondientes a la gestión de los residuos radiactivos y del combustible gastado, y al desmantelamiento y clausura.

Artículo único del Real Decreto 40/2009, de 23 de enero, por el que se determinan los valores a aplicar para la financiación de los costes correspondientes a la gestión de los residuos radiactivos y del combustible gastado, y al desmantelamiento y clausura de instalaciones. · BOE-A-2009-1170

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-25.

Texto consolidado

Los valores unitarios, en céntimos de euro/kWh bruto generado, a aplicar y facturar a los titulares de las centrales nucleares por la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, S. A. (ENRESA), para la financiación de los costes correspondientes a la gestión de los residuos radiactivos y del combustible gastado, y al desmantelamiento y clausura, son los siguientes:

Santa Mª de Garoña: 0,373.

Almaraz I: 0,316.

Ascó I: 0,316.

Almaraz II: 0,316.

Cofrentes: 0,348.

Ascó II: 0,316.

Vandellós II: 0,316.

Trillo: 0,316.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-01-25.

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