Artículo único.
Artículo único del Real Decreto 174/2001, de 23 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales. · BOE-A-2001-4392
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-03-07.
Texto consolidado
Se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales cuyo texto se inserta como anexo al presente Real Decreto.