Artículo único. Aprobación de los Estatutos.
Artículo único del Real Decreto 1271/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. · BOE-A-2003-19457
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-23.
Texto consolidado
Se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos que se insertan a continuación de este real decreto.