Artículo único. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo único del Real Decreto 1070/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba la norma de calidad para la cuajada. · BOE-A-2007-15821
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-08-30.
Texto consolidado
Se aprueba la norma de calidad para la cuajada elaborada en España que se inserta a continuación.
Este real decreto se aplica sin perjuicio de las normas sanitarias y otras disposiciones específicas que afecten a la producción y comercialización de la cuajada.