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Orden Vigente

Artículo único. Modificación de la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad.

Artículo único de la Orden ETU/362/2018, de 6 de abril, por la que se modifica la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad. · BOE-A-2018-4751

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-08.

Texto consolidado

Se modifica la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad, en los siguientes términos:

Uno. Se sustituyen todas las referencias al producto de «90 MW» por «40 MW».

Dos. Se añade un apartado 9 al artículo 6 con la siguiente redacción:

«9. No tener deudas pendientes contraídas en relación con la prestación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad en los cuatro años naturales completos anteriores al de la solicitud.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-04-08.

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