Artículo único.
Artículo único de la Ley 13/1987, de 29 de diciembre, por la que se determina la sede de las Instituciones de Autogobierno de Castilla y León. · BOE-A-1988-3241
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-01-12.
Texto consolidado
Las instituciones básicas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, Cortes de Castilla y León, Presidente de la Junta de Castilla y León y Junta de Castilla y León, en que se expresa su autogobierno, tendrán su sede en la ciudad de Valladolid.