Artículo único. Aprobación del libro cuarto del Código civil de Cataluña.
Artículo único de la Ley 10/2008, de 10 de julio, del libro cuarto del Código Civil de Cataluña, relativo a las sucesiones. · BOE-A-2008-13533
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-01.
Texto consolidado
Se aprueba el libro cuarto del Código civil de Cataluña, con el siguiente contenido: