Artículo único. Aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi.
Artículo único del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi. · BOPV-p-2008-90003
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-23.
Texto consolidado
De conformidad con lo establecido en la disposición final primera de la Ley 6/2007, de 22 de junio, de modificación de la Ley 5/2006, de 17 de noviembre del Patrimonio de Euskadi, se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, que se inserta a continuación.