Artículo tres.
Artículo tres del Real Decreto 924/1982, de 17 de abril, sobre reclamaciones al Estado por salarios de tramitación en juicios por despido. · BOE-A-1982-11138
Atención: Real Decreto 924/1982 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Al escrito de reclamación deberá acompañarse certificación de la Secretaría de la Magistratura de Trabajo, testimoniando la sentencia declaratoria del despido, y haciendo constar su firmeza y las fechas de las actuaciones del procedimiento ante la Magistratura y, en su caso, ante el Tribunal superior, así como los períodos a que se refiere el artículo ciento quince del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.