Artículo tercero.
Artículo tercero del Real Decreto 388/1977, de 14 de marzo, sobre indulto general. · BOE-A-1977-7066
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1977-03-18.
Texto consolidado
A los efectos previstos en los artículos anteriores, serán de aplicación los criterios establecidos en el artículo dos y en el apartado uno del artículo tres del Real Decreto-ley diecinueve/mil novecientos setenta y siete, de catorce de marzo.