Artículo tercero.
Artículo tercero del Real Decreto 355/1980, de 25 de enero, sobre reserva y situación de las viviendas de protección oficial destinadas a minusválidos. · BOE-A-1980-4552
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-03-19.
Texto consolidado
Las acciones u omisiones que contravengan lo dispuesto en esta disposición tendrán la consideración de falta grave a los efectos de lo dispuesto en el artículo octavo del Real Decreto-ley treinta y uno/mil novecientos setenta y ocho, de treinta y uno de octubre, sobre política de vivienda, y artículos cincuenta y seis y siguientes del Real Decreto tres mil ciento cuarenta y ocho/miI novecientos setenta y ocho, de diez de noviembre.