Artículo tercero.
Artículo tercero del Real Decreto 3379/1978, de 29 de diciembre, por el que se regula la concesión de la «Medalla al Mérito en las Bellas Artes». · BOE-A-1979-4741
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-03-08.
Texto consolidado
Las Medallas de Oro se otorgarán por Real Decreto, a propuesta del Ministro de Cultura, y las de Plata y Bronce por Orden ministerial a propuesta de la Secretaría General Técnica o Dirección General del Ministerio de Cultura competente en el campo de las actividades que vayan a ser objeto de la recompensa.