Artículo tercero.
Artículo tercero de la Orden de 10 de octubre de 1980 por la que se establece el nuevo Reglamento de Recepción y Análisis de la Remolacha Azucarera. · BOE-A-1980-22032
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-11-02.
Texto consolidado
Queda derogada la Orden ministerial de 19 de julio de 1976, de esta Presidencia del Gobierno, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo preceptuado en la presente Orden ministerial.