Artículo tercero.
Artículo tercero de la Ley 7/1977, de 4 de enero, sobre participación de España en el aumento general ordinario de recursos del Fondo Africano de Desarrollo. · BOE-A-1977-462
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1977-01-09.
Texto consolidado
El pago se hará efectivo en moneda libremente convertible por el Banco de España, de conformidad con las facultades que le concede la normativa vigente.