Artículo tercero.
Artículo tercero de la Ley 68/1980, de 1 de diciembre, sobre expedición de certificaciones e informes sobre conducta ciudadana. · BOE-A-1980-26006
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-12-22.
Texto consolidado
Los Ayuntamientos y los Gobiernos Civiles facilitarán los oportunos impresos para la realización de las declaraciones a que se refiere el artículo anterior. En su reverso se imprimirá el texto del artículo trescientos tres del Código Penal y del número cuatro del artículo trescientos dos.