Artículo sexto. Relaciones con el Consejo Superior de Cámaras.
Artículo sexto del Real Decreto 786/1979, de 16 de marzo, por el que se establecen las normas reguladoras del Estatuto general de las Cámaras de Comercio españolas oficialmente reconocidas en el extranjero. · BOE-A-1979-10453
Atención: Real Decreto 786/1979 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Sin perjuicio de las relaciones directas que se establezcan entre Cámaras, el Consejo Superior de Cámaras servirá como vínculo permanente de colaboración entre las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de España y las Cámaras Españolas de Comercio en el extranjero, con objeto de conseguir el mayor grado posible de coordinación entre ambos tipos de Entidades.
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