Artículo sexto.
Artículo sexto del Real Decreto 2100/1976, de 10 de agosto, sobre fabricación, importación, venta y utilización de piezas, elementos o conjuntos para reparación de automóviles. · BOE-A-1976-17218
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1976-09-10.
Texto consolidado
Por los servicios provinciales de los Ministerios de la Gobernación, de Industria y de Comercio, en el ámbito de sus respectivas competencias, se procederá a instruir los correspondientes expedientes sancionadores en los casos de supuesta infracción a los preceptos del presente Real Decreto, tramitándose de acuerdo con lo previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo.