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Ley Orgánica Vigente

Artículo 6.

Artículo sexto de la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Asturias. · BOE-A-1982-634

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-01-31.

Texto consolidado

Uno. El Principado de Asturias se organiza territorialmente en municipios, que recibirán la denominación tradicional de Concejos y en Comarcas.

Dos. Se reconocerá personalidad jurídica a la parroquia rural como forma tradicional de convivencia y asentamiento de la población asturiana.

Tres. Podrán crearse Áreas Metropolitanas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1982-01-31.

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