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Ley Derogada

Artículo sexto.

Artículo sexto de la Ley 33/1980, de 21 de junio, sobre creación de un Fondo de Regulación y Organización del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos Marítimos (FROM). · BOE-A-1980-13666

Atención: Ley 33/1980 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Uno. El Comité Ejecutivo y Financiero estará constituido en la siguiente forma:

a) El Presidente.

b) El Vicepresidente.

c) El Administrador general.

d) Un representante del Ministerio de Hacienda.

e) Un representante del Ministerio de Comercio.

f) Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

g) Seis representantes de los sectores privados: Dos de las Cofradías de Pescadores, uno de las Cooperativas del Mar, uno de las Asociaciones del sector extractivo y dos de los trabajadores de dicho sector, elegidos por las Centrales Sindicales.

h) El Secretario general.

Dos. Los Vocales comprendidos en los apartados d), e) f) y g) serán elegidos o designados de entre los que forman parte del Consejo General en los términos que se determinan reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1980-07-17.

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