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Ley Vigente

Artículo setenta y nueve

Artículo setenta y nueve de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. · BOE-A-1985-12534

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-07-19.

Texto consolidado

1. Las infracciones administrativas contra lo dispuesto en esta Ley prescribirán a los cinco años de haberse cometido, salvo las contenidas en los apartados g), h), i) y j) del artículo 76.1, que prescribirán a los diez años.

2. En todo lo no previsto en el presente título será de aplicación el Capítulo II del Título VI de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-07-19.

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