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Ley Vigente

Artículo setenta y dos. Publicación de sentencias.

Artículo setenta y dos de la Ley 14/1966, de 18 de marzo, de Prensa e Imprenta. · BOE-A-1966-3501

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1966-04-08.

Texto consolidado

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo cuatrocientos sesenta y cinco del Código Penal, las sentencias o resoluciones administrativas que impongan sanciones deberán insertarse en la misma publicación a que se refieran, en uno de los tres números inmediatamente posteriores a su notificación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1966-04-08.

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