El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo sesenta. Avales de los Organismos autónomos y otros Entes públicos.

Artículo sesenta de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992. · BOE-A-1991-30903

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-01-01.

Texto consolidado

Uno. Se autoriza al Instituto Nacional de Industria a prestar avales en el ejercicio de 1992, en relación con las operaciones de crédito que concierten las Sociedades mercantiles en cuyo capital participa, hasta un límite máximo de 200.000 millones de pesetas.

Dos. Se autoriza al Instituto Nacional de Hidrocarburos a prestar avales en el ejercicio de 1992, en relación con las operaciones de crédito que concierten las Sociedades mercantiles en cuyo capital participa, hasta un límite máximo de 150.000 millones de pesetas.

Tres. Se autoriza al Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» a prestar aval en el ejercicio 1992, a la Sociedad estatal HISPASAT, S. A., hasta un límite máximo de 3.150 millones de pesetas, en relación con las operaciones de crédito que esta última concierte.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-01-01.

Más artículos de Ley 31/1991

En El Vínculo puedes leer Ley 31/1991 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.