El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo séptimo.

Artículo séptimo del Real Decreto 577/1982, de 17 de marzo, por el que se regulan la estructura y competencias del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. · BOE-A-1982-6639

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-04-11.

Texto consolidado

Uno. Los Centros Nacionales de Seguridad e Higiene en el Trabajo, actualmente en número de dos, realizarán, con ámbito nacional, las funciones que la Dirección del Instituto les confiera o delegue, desarrollando técnicas especializadas de información y documentación, homologación y normalización, medio ambiente y ergonomía.

Dos. Al frente de los Centros Nacionales de Seguridad e Higiene en el Trabajo habrá un Director con nivel orgánico asimilado a los Jefes de los Departamentos a que se refiere el artículo quinto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1982-04-11.

Más artículos de Real Decreto 577/1982

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 577/1982 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.