Artículo séptimo.
Artículo séptimo de la Ley 6/1977, de 4 de enero, de Fomento de la Minería. · BOE-A-1977-461
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1977-01-09.
Texto consolidado
El Ministerio de Comercio se ajustará en la tramitación de las exportaciones de materias primas minerales, incluidas las licencias de tráfico de perfeccionamiento, a las previsiones del Plan Nacional de Abastecimiento de Materias Primas Minerales, del Plan Energético Nacional y del Plan Nacional de Exploración de Uranio.