Artículo séptimo.
Artículo séptimo de la Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley de Minas, con especial atención a los recursos minerales energéticos. · BOE-A-1980-25462
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-12-11.
Texto consolidado
Para una misma superficie podrán otorgarse diferentes permisos o concesiones, cuando se trate de distintos recursos de la sección D).