Artículo séptimo.
Artículo septimo del Decreto 2248/1968, de 20 de septiembre, sobre Asociaciones de Estudiantes. · BOE-A-1968-1100
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1968-10-13.
Texto consolidado
Las Asociaciones de fines profesionales específicos, reguladas en este Decreto, podrán federarse mediante los trámites que reglamentariamente se establezcan, dejando a salvo la unidad de representación de las ramas profesionales.