Artículo séptimo.
Artículo séptimo del Decreto 1874/1973, de 28 de junio, por el que se declara Parque Nacional a las Tablas de Daimiel y se crea una zona de reserva integral de aves acuáticas dentro del mismo. · BOE-A-1973-1066
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1973-08-19.
Texto consolidado
Compete al Patronato del Parque Nacional de Las Tablas de Daimiel redactar el proyecto de reglamentación aplicable al Parque, sometiéndolo a la aprobación del Ministerio de Agricultura, a través del Director del ICONA, dentro de los seis meses siguientes a la fecha de su constitución.