Artículo segundo.
Artículo segundo del Real Decreto 2267/1982, de 3 de septiembre, por el que se especifican técnicamente los colores del Escudo de España. · BOE-A-1982-23298
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-10-05.
Texto consolidado
La correspondencia de las especificaciones del sistema internacional CIELAB con el sistema internacional CIE-mil novecientos treinta y uno, se establecerá de la siguiente manera:
ILUMINANTE C
Denominación color
Y
x
y
Verde bandera
6.7
0.223
0.438
Azul bandera
4.7
0.168
0.171
Oro bandera
40.7
0.395
0.403
Plata bandera
53.2
0.303
0.311
Negro bandera
1.1
0.310
0.316
Rojo bandera
9.5
0.614
0.320
Púrpura bandera
18.42
0.426
0.263