Artículo primero.
Artículo primero del Real Decreto 2267/1982, de 3 de septiembre, por el que se especifican técnicamente los colores del Escudo de España. · BOE-A-1982-23298
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-10-05.
Texto consolidado
Los colores del Escudo de España, especificados en el sistema internacional CIELAB, serán los siguientes:
Color
Denominación color
Tono
–
Hº en º
Croma
–
Cº
Claridad
–
L*
Sinople
Verde bandera
165.0
41.0
31.0
Azur
Azul bandera
270.0
35.0
26.0
Oro
Oro bandera
90.0
37.0
70.0
Plata
Plata bandera
255.0
3.0
78.0
Sable
Negro bandera
–
0.0
10.0
Gules
Rojo bandera
35.0
70.0
37.0
Púrpura
Púrpura bandera
0.0
52.0
50.0
Tolerancia: Cinco unidades de CIELAB.