Artículo segundo. Alcance de la Ley.
Artículo segundo de la Ley 9/1975, de 12 de marzo, del Libro. · BOE-A-1975-5293
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1975-04-03.
Texto consolidado
Uno. El régimen establecido en la presente Ley comprende las actividades de creación, edición, producción, distribución y venta al público de los libros editados en España, así como la distribución y venta de los editados en aquellos países en los que los libros españoles reciban un trato igual a los de edición propia, por convenio de reciprocidad.
Dos. Estará asimismo comprendida en el ámbito de aplicación de la presente Ley cualquier actividad dirigida a la promoción y difusión del libro y que esté debidamente autorizada al efecto.