Artículo segundo.
Artículo segundo del Decreto 757/1973, de 29 de marzo, por el que se aprueba el adjunto Arancel de los Registradores Mercantiles. · BOE-A-1973-561
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1973-05-18.
Texto consolidado
Queda derogado, a partir de la fecha expresada en el artículo anterior, el Arancel de catorce de diciembre de mil novecientos cincuenta y seis, así como cualquier otra disposición que se oponga al presente.