El Vínculo El Vínculo.
Decreto Vigente

Artículo segundo.

Artículo segundo del Decreto 698/1975, de 20 de marzo, sobre determinación de productos y mínimos exigibles para acogerse al régimen establecido por la Ley 29/1972, de 22 de julio, de Agrupaciones de Productores Agrarios. · BOE-A-1975-7372

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1975-04-29.

Texto consolidado

Los mínimos de volumen de producción y del número de Empresas agrarias o de sus socios integrantes a que se refieren los puntos dos y tres del artículo tercero del Decreto mil novecientos cincuenta y uno/mil novecientos setenta y tres, de veintiséis de julio, son de diez mil unidades de producción y cincuenta integrantes, respectivamente, para todos los «Grupos de productos». Excepcionalmente, las Entidades de los grupos «flores» y «productos del ganado ovino» sólo habrán de reunir veinte integrantes.

El número de unidades de producción correspondientes a la Entidad que solicite la calificación para un «Grupo de productos» determinado, a excepción del «Grupo de aceitunas», se calculará mediante la suma de los volúmenes de producción de cada uno de los productos de dicho «Grupo» que comercialicen, o pretendan comercializar ‒de acuerdo con su programa de actuación‒ multiplicados por los correspondientes coeficientes, que para cada producto se determinan en el anexo de este Decreto.

Para el grupo de productos «Aceitunas» se calcularán independientemente las unidades de producción de aceituna para mesa y aceituna para almazara, debiendo alcanzar la Entidad solicitante el mínimo de diez mil unidades con uno solo de los productos. Si no se alcanzara el mínimo de diez mil unidades para cada uno de los productos del grupo «Aceitunas», solamente podrá percibirse la subvención a que se refiere el artículo quinto, apartado a), de la Ley veintinueve/mil novecientos setenta y dos, de veintidós de julio, sobre el producto del grupo para el que se alcancen las diez mil unidades.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1975-04-29.

Más artículos de Decreto 698/1975

En El Vínculo puedes leer Decreto 698/1975 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.