Artículo quinto.
Artículo quinto del Real Decreto 2281/1976, de 16 de septiembre, por el que se regula el Registro de Asociaciones Políticas. · BOE-A-1976-18818
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1976-10-02.
Texto consolidado
El Registro de Asociaciones Políticas podrá dirigirse a los promotores o representantes estatutarios de las mismas solicitando cuanta información crea necesaria para el cumplimiento de sus fines.