Artículo quinto.
Artículo quinto de la Ley 52/1980, de 16 de octubre, de Regulación del Régimen Económico de la explotación del acueducto Tajo-Segura. · BOE-A-1980-23062
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-10-24.
Texto consolidado
Están obligados al pago de la tarifa, en los términos establecidos en los artículos anteriores, las Entidades y las personas naturales o jurídicas titulares de derecho al uso del agua, sea éste adquirido por concesión, autorización o cualquier otro título jurídico.