Artículo quince.
Artículo quince del Decreto 3186/1968, de 26 de diciembre, por el que se organiza el Servicio Central de Suministros de Material Mobiliario y de Oficina y se regulan las Juntas de Compras de los Ministerios civiles. · BOE-A-1969-38
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1969-01-01.
Texto consolidado
El Servicio Central de Suministros, para cumplir las funciones que se le encomiendan por el presente Decreto, podrá solicitar de toda clase de fabricantes y vendedores de material mobiliario y de oficina cuantos datos precise en cuanto a calidades, características y precios, para poder cumplir las funciones que se le encomienden por el presente Decreto, pudiendo convocarse concursos al respecto, cuyos resultados se comunicarán a las Juntas de Compras de los distintos Departamentos ministeriales.