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Real Decreto Vigente

Artículo primero.

Artículo primero del Real Decreto 485/1980, de 22 de febrero, por el que se regula el procedimiento a seguir en los expedientes para la declaración de responsabilidad administrativa y resarcimiento por daños a los bienes de los miembros del Instituto de la Guardia Civil. · BOE-A-1980-5856

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-04-06.

Texto consolidado

Para determinar la responsabilidad administrativa de los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil que esten encargados de la custodia, utilización o mantenimiento de material y efectos del citado Instituto será aplicable la legislación general citada para las Fuerzas Armadas, con las especialidades que en los artículos siguientes se determinan.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1980-04-06.

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