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Real Decreto Vigente

Artículo primero. Naturaleza del Cuerpo. Dependencia.

Artículo primero del Real Decreto 425/1981, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo Especial de Inspectores Financieros y Tributarios del Estado. · BOE-A-1981-6209

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-03-15.

Texto consolidado

Los Inspectores Financieros y Tributarios del Estado constituyen un Cuerpo Especial, facultativo y técnico, de la Administración Civil del Estado, integrado en el Ministerio de Hacienda y dependiente jerárquicamente del Ministro.

La jefatura superior del Cuerpo corresponde al Subsecretario de Hacienda y, por su delegación, al Inspector Central.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1981-03-15.

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