Artículo primero.
Artículo primero del Real Decreto 2648/1978, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora. · BOE-A-1978-27959
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-11-09.
Texto consolidado
El Servicio Público de Radiodifusión sonora se realizará en las bandas internacionalmente asignadas para este fin, en ondas largas (kilométricas), medias (hectométricas) cortas (decamétricas) y en ondas métricas con modulación de frecuencia.