Artículo primero.
Artículo primero del Real Decreto 2004/1979, de 13 de julio, por el que se regula la constitución de los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen y el Consejo General del Instituto Nacional de Denominaciones de Origen. · BOE-A-1979-20609
Atención: Real Decreto 2004/1979 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La representación de los sectores vitícola y vinícola en los Consejos Reguladores de cada una de las Denominaciones de Origen de vinos estará compuesta por igual número de Vocales, fijándose por el Ministerio de Agricultura el número para cada uno de los Consejos Reguladores.