Artículo primero.
Artículo primero del Real Decreto 1030/1980, de 3 de mayo, por el que se dispone la coordinación del Catastro Topográfico Parcelario con el Registro de la Propiedad Inmobiliaria. · BOE-A-1980-11202
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-06-20.
Texto consolidado
Se aprueban las normas integradas en el presente Real Decreto por las que se ha de regir la coordinación entre el Catastro Topográfico Parcelario y el Registro de la Propiedad Inmobiliaria.