Artículo primero.
Artículo primero de la Ley 2/1973, de 17 de marzo, de creación de trece reservas nacionales de caza. · BOE-A-1973-393
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1973-03-22.
Texto consolidado
Por la presente Ley se crean las Reservas Nacionales de Caza de Cameros (Logroño), Cortes de la Frontera (Málaga), Las Batuecas (Salamanca), Los Ancares Leoneses (León Oviedo), Montes Universales (Teruel Guadalajara), Muela de Cortes (Valencia), Serranía de Cuenca (Cuenca), Sierra de la Culebra (Zamora), Sierra de la Demanda (Burgos), Sierra Espuña (Murcia), Sierras de Tejada y Almijara (Málaga), Sunsaz (Guadalajara-Madrid) y Urbión (Soria). Los linderos de estas reservas se describen en apéndices anejo a esta disposición.