Artículo primero. Ámbito de aplicación.
Artículo primero del Decreto 2612/1974, de 9 de agosto, por el que se reglamenta el funcionamiento de las reservas nacionales de caza. · BOE-A-1974-1517
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-10-07.
Texto consolidado
Las normas contenidas en el presente Decreto se aplicarán a todas las Reservas Nacionales de Caza, creadas por Ley treinta y siete/mil novecientos sesenta y seis, de treinta y uno de mayo; Ley dos/mil novecientos setenta y tres, de diecisiete de marzo, y a las que se refiere la disposición final segunda de la Ley uno/mil novecientos setenta, de cuatro de abril.