Artículo once.
Artículo once de la Ley 30/1972, de 22 de julio, sobre Régimen Económico-fiscal de Canarias. · BOE-A-1972-1094
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1973-01-01.
Texto consolidado
Los productos naturales originarios de Canarias, así como los industrializados en ellas mediante el empleo de materias primas exclusivamente nacionales, estarán exentos de derechos arancelarios a la entrada en el resto del territorio nacional.