Artículo noventa y cuatro.
Artículo noventa y cuatro de la Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, de Código Penal Militar. · BOE-A-1985-25779
Atención: Ley Orgánica 13/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La conspiración y proposición para cometer el delito de sedición militar serán castigadas con la pena inferior a la respectivamente establecida para el tipo de delito de que se trate.