Artículo duodécimo.
Artículo duodécimo de la Ley 1/1992, de 11 de marzo, de Artesanía de Galicia. · BOE-A-1992-12035
Atención: Ley 1/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se creará el Centro Gallego de la Artesanía y Diseño, con la estructura y funciones que reglamentariamente se determinen.
El objetivo fundamental de este Centro será dotar al sector artesano gallego de los profesionales y técnicos que necesite, mediante una formación profesional no reglada y de carácter práctico, oído el Consejo Gallego de Enseñanzas Técnico-Profesionales.