Artículo doce.
Artículo doce de la Ley 33/1980, de 21 de junio, sobre creación de un Fondo de Regulación y Organización del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos Marítimos (FROM). · BOE-A-1980-13666
Atención: Ley 33/1980 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para el cumplimiento de sus funciones el FROM contará con los siguientes recursos:
a) Los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Estado.
b) El rendimiento de la exacción denominada «derechos compensatorios», establecida por la Orden de trece de febrero de mil novecientos setenta y cinco, del Ministerio de Comercio.
c) Los préstamos cuya contratación apruebe el Comité Ejecutivo y Financiero.
d) Las subvenciones, donaciones, legados y cualesquiera otros recursos que pudieran atribuírsele.
e) Los que legalmente puedan establecerse en su favor.