Artículo diez. Requisitos de los barriles.
Artículo diez del Decreto 1228/1975, de 5 de junio, por el que se establece la Reglamentación Especial para la elaboración, circulación y comercio del ron. · BOE-A-1975-11858
Atención: Decreto 1228/1975 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los barriles de madera de roble o cerezo que se utilicen han de ser preparados para eliminar las materias nocivas que la propia madera pudiera contener. Para realizar este acondicionamiento se empleará vapor de agua, agua hirviente o cualquier otro procedimiento que esté debidamente autorizado.